Un nuevo e importante paso dio, este martes 20 de diciembre, el proyecto de Ley Marco de Bomberos, al ser aprobada la iniciativa por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Gobierno Interior del Senado, por lo cual pasará en los próximos días a la Sala, para ser votada por los legisladores.
El Presidente Nacional de Bomberos, Miguel Reyes, manifestó su complacencia por haber sorteado esta etapa, sin que los miembros de la Comisión hayan realizado observaciones o modificaciones a la propuesta legal.
Cabe recordar que el 30 de noviembre el Proyecto de Ley pasó su primer Trámite Constitucional, al ser aprobado por la Cámara de Diputados. La iniciativa fue presentada por la Comisión Especial de Bomberos de la Cámara Baja, con la participación de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, siendo designado como informante de la Comisión el diputado Jorge Ulloa, voluntario del Cuerpo de Bombero de Talcahuano y uno de los motores en la tramitación de este proyecto, quien realizó hoy la exposición de la iniciativa ante sus pares.
En opinión de la Comisión Especial de Bomberos, si bien existe un marco legal disperso que otorga beneficios y confiere facultades especificas a Bomberos, no existe una normativa que los reconozca y regule entregándoles competencias especificas, por lo que resulta necesario dictar una ley marco para tales fines
Lo relevante del proyecto
Lo que se pretende con el proyecto de Ley Marco es tomar algunas disposiciones dispersas y ordenarlas en un cuerpo normativo que, entre otras cosas, reconoce la función de bomberos y su misión, establece requisitos objetivos para la creación de Cuerpos y para el ordenamiento de la organización y su funcionamiento
Asimismo, se solicita el patrocino del Ejecutivo para dos disposiciones que complementan el proyecto de ley y que tiene relación con que se determina que desde el punto de vista administrativo Bomberos de Chile se relacionará con el Ministerio del Interior y desde el punto de vista del financiamiento a través del Ministerio de Hacienda.
El proyecto precisa que los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile se financiarán con los ingresos que obtengan por la prestación de servicios; las donaciones o aportes que reciban de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, de su participación en sociedades; y con los bienes que conforman su patrimonio.
También señala que corresponderá a la Contraloría General de la República, a las Intendencias o Gobernaciones, la fiscalización y control de los aportes financieros del Estado que se otorguen a los Cuerpos de Bomberos, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile y sus organismos dependientes.
Se le otorgan facultades a la Academia Nacional para establecer normas que fije estándares mínimos que deben cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero, además de considerar una disposición transitoria que permita regularizar todas las inscripciones de los carros bomba que a la fecha no cuentan con inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados.
Asimismo, en el proyecto se crean tres registros de servicio: Registro Nacional de Bomberos, de Estadísticas de Servicio y de Vehículos de Bomberos, cabe señalar en este punto que la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos se adelantó a esta futura exigencia a través de la elaboración del Catastro Nacional de Bomberos, el cual se encuentra en pleno desarrollo
Fuente: www.bomberos.cl
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